A- de 2025
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Juan Carlos Cortés González
✓Claimant Ese Hospital General De Medellin·Respondent Seguros Del Estado
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Reclamaciones económicas que las instituciones prestadoras de servicios de salud, incluidas las empresas sociales del Estado, presenten a las compañías de seguros con cargo al SOAT
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto entre el Juzgado 014 Laboral del Circuito de Medellín y el Juzgado 018 Administrativo Oral del Circuito de Medellín, suscitado por una demanda ordinaria laboral de primera instancia presentada por la Empresa Social del Estado Hospital General de Medellín Luz Castro Gutiérrez, contra la sociedad Seguros del Estado S.A., con la finalidad de solicitar que se declare que prestó los servicios de salud a las personas que sufrieron daños corporales en accidentes de tránsito que tomaron el seguro obligatorio de acciones de tránsito con dicha compañía y se ordene el pago por concepto de los servicios de salud prestados a sus asegurados, entre otros.
Cumplidos los presupuestos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena considera que el caso se ajusta a la regla de decisión del Auto 1185 de 2024, según la cual, la jurisdicción ordinaria en su especialidad laboral es la competente para conocer (i) de las controversias relacionadas con reclamaciones económicas que las instituciones prestadoras de servicios de salud –incluidas las Empresas Sociales del Estado ESE– presenten en contra de las compañías de seguros con cargo a la póliza del SOAT expedida por estas.
También es competente para conocer (ii) de las controversias relativas a la prestación de los servicios de la seguridad social que se susciten entre los afiliados, beneficiarios o usuarios, los empleadores y las entidades administradoras o prestadoras, salvo los de responsabilidad médica y los relacionados con contratos.
Se remite el expediente al Juzgado 014 Laboral del Circuito de Medellín para lo de su competencia.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (2 points)
- PRIMERO. DIRIMIR el presente conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 014 Laboral del Circuito de Medellín es la autoridad competente para conocer la demanda presentada por Leopoldo Giraldo Velásquez, en calidad de representante legal de la Empresa Social del Estado Hospital General de Medellín Luz Castro Gutiérrez, a través de apoderado judicial, contra Seguros del Estado S.A.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR el expediente CJU-6249 al Juzgado 014 Laboral del Circuito de Medellín, para que proceda con lo de su competencia y comunique la decisión a los interesados en este trámite, así como al Juzgado 018 Administrativo Oral del Circuito de Medellín.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.